noviembre 28 2024

La función constitucional del INAI es intransferible e irrenunciable

El INAI es uno de los principales contrapesos del Poder; la autonomía constitucional fortalece su facultad para evitar que algún poder impida o limite el derecho a saber de la sociedad de acceso a la información pública.

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) es resultado de la exigencia social de acceder a la información del gobierno.

Se trata de un organismo constitucional autónomo creado por y para la ciudadanía, que constituye un puente entre las personas y las autoridades para asegurar que se garanticen los derechos humanos de acceso a la información y de protección de los datos personales.

El avance de la democracia en México está ligado al respeto de los derechos fundamentales de la población, por lo que el trabajo del Instituto debe ser reforzado e impulsado, en lugar de plantear su eliminación.

Reemplazar su función representa a la vez un grave atentado y una violación a los derechos humanos en su conjunto, pues se estaría obligando a las personas a renunciar a dos derechos fundamentales.

Dar un paso hacia atrás en la consolidación del Instituto de la Transparencia sería una regresión en la historia democrática de México.

Actualmente, el INAI es uno de los principales contrapesos del Poder Público; su autonomía constitucional, además de dotarlo de independencia de los tres Poderes del Estado, fortalece su facultad para evitar que algún poder impida o limite el derecho a saber de la sociedad.

Debe quedar claro que el Instituto, como organismo autónomo, cumple una doble función, por un lado, garantizar el acceso a la información y vigilar la protección de los datos personales con el fin de impedir que cualquier órgano de otro poder pueda ser juez y parte en estas materias.

Desde su creación, en 2003, al 3 de diciembre de 2020, se han presentado ante instituciones y dependencias públicas 2 millones 703 mil solicitudes; de las cuales 2 millones 236 mil son de acceso a la información y 467 mil de protección de datos personales.

 Asimismo, ante la inconformidad de las personas a la atención de sus solicitudes por parte de las autoridades, se han interpuesto ante el INAI, 133 mil 721 recursos de revisión: 116 mil 568 de acceso a la información y 17 mil 153 de protección de datos personales.

Es importante señalar que toda acción o injerencia por parte de cualquiera de los órganos del Estado para restar autonomía al organismo garante de los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales, atentaría contra el origen social y democrático de la institución y los logros alcanzados a la fecha.

La autonomía del INAI es una condición necesaria para llevar a cabo su función con independencia e imparcialidad.

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